La tercera sala del tribunal de alzada estableció en fallos unánimes lo ya planteado por el CPLT, relativo al carácter público y de interés ciudadano de estas materias, asociadas a salud pública. Asimismo, en su pronunciamiento destacaron lo ya establecido por el Consejo en el sentido de que las empresas farmacéuticas -como terceros involucrados que deben ser consultados por el organismo público que es objeto de este tipo de solicitudes de información-, no habrían demostrado de manera fehaciente la causal para mantener la información bajo reserva, asociada al interés nacional y a eventuales perjuicios económicos de difundirse los antecedentes requeridos.
“Si tú puedes dar información hay que darla, y si en un contrato hay unas cláusulas muy delicadas, éstas se pueden borrar, no se entregan esas cláusulas”, explicó el titular del Consejo para la Transparencia, Francisco Leturia. “La discusión que se tuvo fue entre un gobierno que no quería entregar nada y el Consejo, que empujó por la entrega de algunas cosas” y no por mantener todo bajo reserva, detalló el presidente del CPLT. Asimismo, subrayó la relevancia de este pronunciamiento, en el que “queda consolidado el criterio de que existe un interés público y un interés superior de la comunidad en conocer contratos delicados como los de las vacunas”.
Las empresas podrán presentar recursos de queja en contra de los integrantes de la sala que emitió los fallos, acción que puede realizar hasta el 18 de mayo.
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